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dc.contributor.authorArgentina. Corte Suprema de la Nación
dc.date.accessioned2012-03-14T22:38:40Z
dc.date.available2012-03-14T22:38:40Z
dc.date.issued2012-03-13
dc.identifier.urihttp://clacaidigital.info/handle/123456789/272
dc.description.abstractLa Corte Suprema de la Nación de Argentina dictó en el día de la fecha (13.03.12) una sentencia en un caso de aborto no punible por violación. El fallo deja en claro que la interpretación adecuada es aquella que sostiene que toda mujer que tiene un embarazo impuesto por una violación, y no solamente aquella mujer con discapacidad mental, puede solicitar la interrupción del embarazo en un servicio de salud, sin necesidad de autorización judicial.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectAborto legales_ES
dc.subjectAcceso a los servicios de saludes_ES
dc.subjectDerechos de la mujeres_ES
dc.subjectInformación para la toma de decisioneses_ES
dc.subjectLegislaciónes_ES
dc.subjectJurisprudenciaes_ES
dc.subjectArgentinaes
dc.titleSentencia en un caso de aborto no punible por violación.es_ES
dc.typeOtheres_ES


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