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<title>Legislación Perú</title>
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<item rdf:about="http://clacaidigital.info/handle/123456789/544">
<title>R.M. N° 486/2014. Aprueban la Guía Técnica&#13;
Nacional para la estandarización del procedimiento de la&#13;
Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria&#13;
por Indicación Terapéutica del Embarazo menor de 22&#13;
semanas con consentimiento informado en el marco de lo&#13;
dispuesto en el artículo 119° del Código Penal</title>
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<description>R.M. N° 486/2014. Aprueban la Guía Técnica&#13;
Nacional para la estandarización del procedimiento de la&#13;
Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria&#13;
por Indicación Terapéutica del Embarazo menor de 22&#13;
semanas con consentimiento informado en el marco de lo&#13;
dispuesto en el artículo 119° del Código Penal
Perú. Ministerio de Salud
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<dc:date>2014-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<item rdf:about="http://clacaidigital.info/handle/123456789/483">
<title>El aborto terapéutico en el Perú</title>
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<description>El aborto terapéutico en el Perú
Dador Tozzini, María Jennie
El aborto está penalizado en nuestro país, con excepción del que se practica por razones terapéuticas. Sin embargo, la desproporción entre el número de abortos que se producen –el último estudio estimado de Delicia Ferrando habla de 410,000 al año1[2]-, aquellos que son denunciados y, los que terminan en procesos judiciales, revela que si bien la práctica del aborto es ilegal, la sociedad, con su silencio, parece ampararla y de esa manera, tolerar la muerte de miles de mujeres por esa causa.&#13;
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Desde el Derecho Penal y los estudios de criminología se puede afirmar que las leyes penalizadoras no han cumplido con su finalidad de prevención específica ni general2, es decir, la amenaza de una posible sanción no ha logrado inhibir la práctica del aborto, sino más bien, se ha convertido en una forma de ejercer violencia contra las mujeres en múltiples planos. Ello se manifiesta en el incremento de las muertes maternas y en los altos costos que la atención de abortos incompletos y de los problemas derivados de su práctica clandestina representan para los servicios de salud.&#13;
En este sentido, es válido y pertinente considerar al aborto como un problema de salud pública.
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<dc:date>2012-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<item rdf:about="http://clacaidigital.info/handle/123456789/374">
<title>Caso L.C. vs Perú. Comunicación Nº 22/2009</title>
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<description>Caso L.C. vs Perú. Comunicación Nº 22/2009
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
En el Perú, el único aborto despenalizado es el terapéutico, y el Estado tiene pendiente adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes a las de KL en el futuro, tal como lo ha establecido el Comité de Derechos Humanos en el caso que hemos analizado a lo largo del documento. Sin embargo, en el año 2007, se le negó el servicio de aborto legal a LC, una niña de 13 años que necesitaba abortar para que se le realizara una intervención quirúrgica
Dictamen aprobado por el Comité en su 50º período de sesiones,&#13;
celebrado del 3 al 21 de octubre de 2011
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<dc:date>2011-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales: el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental</title>
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<description>Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales: el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental
Naciones Unidas (NU)
Informe presentado por Sr. Paul Hunt Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Adición Misión al Perú, Comisión de Derechos Humanos,E/CN.4/2005/51/Add.3, 4 de febrero de 2005.
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<dc:date>2005-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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